La Secretaría de Gobierno informa que por modificación del Art. 43 del Código de Espectáculos Públicos, durante los meses de diciembre a marzo, se podrá extender el horario de cierre de los días jueves, hasta las 5:00 A.M., en todos aquellos locales habilitados en los rubros restaurant y pub.
Asimismo, se recuerda que los diferentes locales deberán cumplir con la normativa vigente, puesto que se llevaran adelante rigurosos controles por parte de los organismos competentes con el fin de velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones legales.