En este principio de acuerdo, si la empresa SAT abona los sueldos, el lunes se levanta el paro de colectivos en la ciudad de Río Cuarto.
Los delegados aprobaron un convenio de emergencias tras 47 días de paro. Se espera que levanten la medida de fuerza el jueves próximo para los recorridos interurbanos.
Después de un día de intensas negociaciones, el gremio de Aoita, que agrupa a los choferes de colectivos, anunció anoche que aceptó la propuesta de las empresas y que levantará el paro de transporte interurbano y urbano (correspondiente a las ciudades del interior de la provincia como el caso de Río Cuarto). La suspensión de la medida de fuerza que lleva casi 50 días se hará efectiva una vez que se concrete el pago de parte de lo adeudado, hecho que se daría la semana que viene.
El plenario de delegados del sindicato resolvió, a última hora de ayer, aprobar por unanimidad “un convenio de emergencia con el fin del sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad productiva”.
Las características del acuerdo celebrado son:
A) Haberes de marzo, abril y mayo: reconocimiento del ciento por ciento de los haberes del mes de marzo y del 75% en concepto de prestación no remunerativa de los haberes de los meses de abril y mayo.
B) Cronograma de pagos:
1-Diferencias de haberes de marzo y abril: para las empresas con servicios mixtos y UP (coches que recorren más de 60 kilómetros) en dos cuotas y para las empresas IP (unidades que recorren menos de 60 kilómetros) puras en tres cuotas.
2-El pago del 75% correspondiente a los haberes del mes de mayo el cuarto día hábil del mes de junio (jueves que viene).
C) Cláusula de estabilidad laboral: compromiso de estabilidad laboral que garantice las fuentes de trabajo de todos los trabajadores del sector por el espacio de seis meses.
D) Mesa de diálogo provincial: conformación de una mesa de debate permanente sobre el transporte para tratar los diversos temas vinculados al sector con distintos agentes.
E) Medida de fuerza: levantamiento de la medida cuando se abone íntegramente los haberes del mes en curso. La prestación del servicio quedará sujeta a las disposiciones establecidas por la Provincia y la Nación.