- Es en consonancia con la Ley 27.613, de estímulo a la construcción, la creación de empleo y el aumento de la oferta de vivienda.
- También libera del pago de IIBB a quienes normalicen la tenencia de moneda local o extranjera según lo previsto en dicha norma nacional.
La Legislatura Unicameral sancionó el miércoles una ley por la cual se exime del Impuesto de Sellos a los actos, contratos o instrumentos celebrados entre desarrolladores, constructores o vehículos de inversión de los proyectos inmobiliarios comprendidos en la Ley Nacional Nº 27613 de Incentivo a la Construcción Federal Argentina, así como a los inversores que tengan por objeto la construcción, ejecución, transferencia o cesión de obras o inmuebles en el marco de la mencionada norma nacional.
“Esta ley, así como la ley nacional a la cual remite en sus beneficios, constituye una herramienta de incentivos a una de las actividades más dinamizadoras de la economía, como es la construcción”, dijo ante el pleno el legislador Raúl Latimori.
Del mismo modo, la norma aprobada establece que “los sujetos que efectúen la normalización de tenencia de moneda nacional o extranjera” en las condiciones previstas por la Ley Nacional Nº 27.613 y su marco regulatorio, “quedan liberados del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por los ingresos que hubieran omitido declarar por períodos fiscales no prescriptos a la fecha de entrada en vigencia de la referida ley nacional”.
Por su parte, el legislador Leonardo Limia manifestó que “este proyecto tiene como finalidad específica generar incentivos en la actividad de la construcción y los desarrollos inmobiliarios. Y, por supuesto, apunta a la generación de obras para viviendas”.
“Para los desarrollistas urbanos —siguió Limia— es sumamente positiva la vocación demostrada con el fin de lograr la mejor aplicación de la Ley Nacional, a través de estas normas complementarias de la Provincia”. Y agregó que se espera que, con estos instrumentos en vigencia, “el Estado colaborará con un pedido de larga data del sector, que es el estímulo a la construcción como herramienta virtuosa de creación de empleo formal y, a su vez, como una herramienta que colabora efectivamente con el aumento de la oferta de vivienda”.
A su turno, el legislador Alberto Ambrosio ponderó el hecho, contemplado en la ley, de que “los municipios que estén en condiciones de ceder beneficios facilitando la inversión, lo puedan hacer”. “Y también —agregó Ambrosio— queremos valorar la amplitud del debate. En esto hay que reconocer a las distintas comisiones que se integraron en conjunto para el tratamiento de la Ley, y el acceso a modificar e incorporar las propuestas de la oposición”.