- Este miércoles se publicó en el Boletín Oficial el decreto que instrumenta la modalidad.
- Se implementa en el marco del proceso de innovación, digitalización, modernización y eficiencia que la actual gestión lleva adelante.
Desde enero del próximo año, los agentes dependientes del Poder Ejecutivo Provincial – con excepción del personal de las Fuerzas de Seguridad, Docente y del Ministerio de Salud – podrán acogerse al régimen de Pasividad Anticipada Voluntaria (PAV), mecanismo vigente en la provincia a partir de la Ley 8.836 de Modernización del Estado.
La medida se da en el marco del proceso de innovación, digitalización y modernización del Ejecutivo provincial que lleva adelante la actual gestión. Se trata de una herramienta que, en el actual y cambiante contexto, permite avanzar en el reordenamiento de los recursos humanos sin poner en riesgo la prestación de los servicios y optimizando el uso del erario público.
Alcanza a aquellos empleados a los que, hasta el 31 de diciembre del 2021, les restaban diez años o menos para acceder a la jubilación ordinaria; que gocen de estabilidad y cuyo cese de prestaciones no afectare la continuidad, la necesariedad o la calidad del servicio en las reparticiones en las que se desempeñan.
Los agentes que se encuentran en condiciones de solicitar la PAV son 3.110 y prestan servicios en los diversos Ministerios, Secretarías, Agencias y Organismos del Ejecutivo Provincial.
Así, los interesados podrán realizar la solicitud de manera voluntaria desde el 3 de enero y hasta el 28 de febrero de 2022 inclusive, a través de la plataforma Empleado Digital. Cada postulación será evaluada por las autoridades de la Jurisdicción a la que pertenezca el agente, para evitar cualquier afectación y/o disminución de la calidad y continuidad de los servicios y prestaciones que brindan.
Luego de que se les notifique la respectiva aceptación, los empleados deberán suscribir el acuerdo de manera presencial, para lo cual oportunamente se dispondrán turnos previos.
Los agentes provinciales que reúnan los requisitos y decidan acogerse recibirán una remuneración mensual proporcionalmente acotada respecto a la correspondiente a sus cargos, categorías y antigüedades, permaneciendo, no obstante, en situación de dependencia hasta la jubilación definitiva.
Un aspecto importante del decreto publicado hoy es que no podrán generarse ascensos ni nuevas contrataciones para reemplazar a quienes opten por acogerse a la PAV.
Por último, la Secretaría General de la Gobernación del Ministerio de Coordinación será el área encargada de gestionar los soportes que harán posible esta instrumentación de forma digital.