El capital social para crear una SAS está vinculado al salario mínimo vital y móvil (SMVyM).
Si el SMVyM se actualiza antes de que concluir la constitución de la sociedad también se debe actualizar el capital social.
Inspección de Personas Jurídicas (IPJ) te recuerda que si estás tramitando la constitución de tu Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS) debes tener la precaución de iniciar y concluir la gestión en el curso de un mismo mes calendario.
¿Por qué?
Uno de los requisitos es depositar el capital social que debe ser, como mínimo, el equivalente a dos Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM).
¿Qué pasa cuando cambia el mes?
Generalmente, conforme lo que se publique en el Boletín Oficial, a principio de cada mes se actualiza el SMVyM y esto impacta en el Capital Social requerido. Por eso es importante para evitar demoras en la gestión, que al terminar el mes tu trámite no figure como “pendiente” en la bandeja de borradores del Portal IPJ.
Para finalizar tu trámite, revisá que el capital social que depositaste corresponda con la actualización correspondiente.
¿Entonces?
Para evitar demoras en tu trámite, te recomendamos finalizar la Constitución antes de la fecha de la próxima actualización.
Otra alternativa…
Si crees que la carga del trámite demorará más de un mes o si lo inicias la última semana del mes, es recomendable que al realizar el depósito del capital social, transfieran un monto superior al mínimo, de esta forma al aumentar el SMVyM, probablemente no se vería afectado el curso del trámite.
Por cualquier duda o inconveniente que tengas en la carga de tu trámite recordá que podes contactarte con nosotros a través de la página de Facebook: https://www.facebook.com/ipjcba